Criterios de unificación de unidades de almacenamiento de residuos peligrosos

Las unidades de almacenamiento para residuos peligrosos en la base de datos denominada “Sistema de Control de Residuos Peligrosos” son: toneladas, litros, metros, kilogramos, piezas, tambos y cajas.

Para determinar el volumen de generación, se decidió transformar todas las unidades en toneladas, para lo cual se adoptaron los criterios básicos siguientes al hacer las conversiones:

•  Conversión Metros Cúbicos - Toneladas

Se consideró como base la densidad del agua que es 1 000 kg/m3 y el hecho de que existen residuos con mayor y menor densidad que la mencionada y con diferentes estados físicos (tales como sólido, líquido, gaseoso, lodos, gel, polvo y otros), por lo cual se determinó realizar la conversión de metros cúbicos a toneladas tomando como referencia que:

1 tonelada = 1 000 kg (1)
1 m 3 = 1 000 litros (2)

La consideración básica para convertir metros cúbicos, litros y kilogramos a toneladas fue la siguiente:

1.5 tonelada = 1 m 3 (3)

•  Conversión Piezas – Toneladas

Dado que los residuos que fueron cuantificados como piezas fueron residuos del ramo automotor como: radiadores, acumuladores, llantas, tambores, amortiguadores, partes de la carrocería, etc.; del ramo metal-mecánico como: láminas, tubos, piezas de acero, diversas herramientas, etc.; así como de todos los ramos en general se encontraban residuos tales como: muebles y equipos inservibles, piezas de manufactura de la industria correspondiente, etc.; se hizo la siguiente consideración:

1 pieza = 12 kg = 0.012 tonelada (4)

Esta consideración fue aplicada a todos los giros industriales, excepto al giro 3521 “Industria Farmacéutica”, ya que las piezas incluidas son fármacos (vehículos y excipientes), por lo que se consideró que:

1 pieza = 1 gr = 1 x 10 -6 tonelada (5)

•  Conversión Tambos – Toneladas

Dado que un tambo tiene capacidad de 200 litros , se tienen lo siguiente:

1 tambo = 0.2 m 3 (6)

y retomando la consideración (3), se obtiene:

1 tambo = 0.3 tonelada (7)

•  Conversión Cajas - Toneladas

Una caja generalmente estiba 24 piezas y, retomando la equivalencia (4), se obtiene:

1 caja = 0.288 tonelada (8)

esto para todos los giros industriales, exceptuando al giro 3521 “Industria Farmacéutica”, ya que, tomando en cuenta que generalmente las presentaciones de los medicamentos son en 12 y 24 tabletas, se consideró que:

1 caja = 2.4 x 10 -5 tonelada (9)

1 Adoptados por la empresa consultora que analizó los manifiestos de generación de residuos peligrosos de 3 000 empresas.

 

Nota: Estos factores de conversión se suelen afinar con base en la experiencia que tienen las empresas dedicadas al manejo de residuos peligrosos.

Fuente: Semarnat, Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental , Dirección General de Manejo Integral de Contaminantes, México, 2002.