Turismo

Glosario

AUDITORÍA AMBIENTAL. Este es un instrumento previsto en la Ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente, mediante el cual “los responsables del funcionamiento de una empresa podrán en forma voluntaria, a través de la auditoría ambiental, realizar el examen metodológico de sus operaciones, respecto a la contaminación y el riesgo que generan, así como el grado de cumplimiento de la normatividad ambiental y de los parámetros internacionales y de buenas prácticas de operación e ingeniería aplicables, con el objeto de definir las medidas preventivas y correctivas necesarias para proteger el ambiente”.

CONTAMINACIÓN MARINA. Se refiere a la contaminación del mar por aguas servidas o no tratadas, procedentes ya sea de las embarcaciones o del medio terrestre, de efluentes no tratados procedentes de la industria, por el petróleo o materiales derivados de éste. Las principales víctimas inmediatas de la contaminación por petróleo son las aves que se sumergen al mar.

ECOLÓGICO (EQUILIBRIO). La relación de interdependencia entre los elementos que conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos (Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente, 1996).

ECOTURISMO. Se refiere a aquellos viajes que tienen como fin realizar actividades recreativas de apreciación y conocimiento de la naturaleza a través de la interacción con la misma, con una actitud y compromiso de conocer, respetar, disfrutar y participar en la conservación de los recursos naturales y culturales.

IMPACTO AMBIENTAL (MANIFESTACIÓN DE).Documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo (Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente, 1996).

ORDENAMIENTO ECOLÓGICO. Instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos (Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente, 1996).

PRESERVACIÓN. El conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitat naturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitat naturales (Ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente, 1996).

PROTECCIÓN AMBIENTAL. Cualquier actividad que mantenga o restaure la limpieza del medio ambiente a través de la prevención de la emisión de sustancias contaminantes o de ruidos, o la reducción de sustancias contaminantes presentes en el medio ambiente. Esto puede consistir en: a) cambios en las características de los bienes y servicios y en los patrones de consumo; b) cambios en las técnicas de producción; c) tratamiento o deposición de residuos en instalaciones de protección ambiental separadas; d) reciclaje; y e) prevención de la degradación del paisaje y los ecosistemas.

RESTAURACIÓN AMBIENTAL (O PROTECCIÓN AMBIENTAL REACTIVA). Estas actividades incluyen generalmente: a) reducción o neutralización de residuos; b) cambios en la distribución espacial de residuos, apoyo la asimilación ambiental, y (c) restauración de ecosistemas, paisajes y otros elementos naturales.

TURISMO ALTERNATIVO. Se refiere a aquellos viajes que tienen como fin realizar actividades recreativas en contacto directo con la naturaleza y las expresiones culturales que le envuelven con una actitud y compromiso de conocer, respetar, disfrutar y participar en la conservación de los recursos naturales y culturales.

TURISMO DE AVENTURA. Se refiere a aquellos viajes que tienen como fin realizar actividades recreativas – deportivas, asociadas a desafíos impuestos por la naturaleza, con una actitud y compromiso de conocer, respetar, disfrutar y participar en la conservación de los recursos naturales y culturales.

TURISMO RURAL. Se refiere a aquellos viajes que tienen como fin realizar actividades de convivencia e interacción con una comunidad rural, en todas aquellas expresiones sociales, culturales y productivas cotidianas de la misma, con una actitud y compromiso de conocer, respetar, disfrutar y participar en la conservación de los recursos naturales y culturales.

ZONA COSTERA. Territorios y aguas adyacentes a la costa que ejercen una influencia sobre los usos del mar y su ecología, o inversamente: cuyos usos y ecología son afectados por el mar.