Sistema de Atención y Control Ambiental (SACA)

El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) es un Fideicomiso del Gobierno Federal cuyo objeto es asesorar, desarrollar y financiar planes y programas de fomento al turismo. Se creó en 1974, habiéndose designado 5 áreas para el desarrollo de los Centros Turísticos Integralmente Planeados de Cancún en Quintana Roo; Bahías de Huatulco en Oaxaca; Ixtapa en Guerrero; así como los corredores turísticos de Los Cabos y Loreto- Nopoló - Puerto Escondido en Baja California Sur.

Actualmente, también participa en el desarrollo de otros proyectos, como son: Barranca del Cobre en Chihuahua; Costa Maya en Quintana Roo; Mundo Maya que comprende un recorrido por Tabasco, Chiapas, Campeche, Yucatán y Quintana Roo; Palenque en Chiapas; y la Escalera Náutica en Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa y Nayarit.

Con el fin de crear un desarrollo sustentable, FONATUR ha integrado un Sistema de Atención y Control Ambiental , el cual consiste en una serie de acciones que se aplican en las diferentes etapas del proceso de implantación de un proyecto, con la finalidad de conservar y aún mejorar la calidad ambiental de los desarrollos turísticos a su cargo.

Este Sistema se estructuró como un mecanismo de protección ambiental y de seguimiento en el cumplimiento de las distintas disposiciones normativas a las que se encuentra sujeto, para poder construir y operar las diversas obras de infraestructura, necesarias para el adecuado desarrollo de los centros turísticos.

El Sistema de Atención y Control Ambiental se encuentra dividido en cinco Subsistemas:

1. Subsistema de Normatividad Institucional. Tiene por finalidad dar cumplimiento a las disposiciones internas de FONATUR, las cuales pretenden establecer las condiciones mínimas necesarias en materia de infraestructura y saneamiento ambiental para cada centro turístico.

2. Subsistema de Atención a la Normatividad Vigente. Está orientado a dar cumplimiento a los procedimientos normativo-administrativos que en materia ecológica exige la autoridad, de conformidad a lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, La ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, La Ley General de Vida Silvestre,  sus reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

3. Subsistema de Mitigación a Impactos Ambientales por Construcción de las obras. Tiene por objetivo aplicar y dar seguimiento a todas aquellas medidas de prevención y mitigación, identificadas en los estudios de impacto ambiental  y de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, realizados en cumplimiento a las disposiciones establecidas por la autoridad en materia ambiental.

4. Subsistema de Evaluación de la Calidad Ambiental. Integra acciones específicas mediante las cuales se da seguimiento a una serie de parámetros con los que se verifica el estado que guarda algún elemento o todo un desarrollo en su conjunto.

5. Subsistema de Rehabilitación. Comprende aquellas acciones tendientes a rehabilitar áreas afectadas por las actividades de construcción o por su operación.

 

Fuentes:
Fondo Nacional de Fomento al Turismo, Sistema de Atención y Control Ambiental, México, 2005.
Fondo Nacional de Fomento al Turismo, Dirección Adjunta de Generación y Control de Proyectos, México, 2011.