P R E S I Ó N |
Notas: 1) Se incluyen las especies consideradas dentro de la correspondiente norma mexicana bajo las siguientes categorías de riesgo: amenazadas, en peligro de extinción, sujetas a protección especial y probablemente extintas en el medio silvestre. Se incluyen las especies y subespecies. |
Los listados de especies en riesgo han sido empleados como indicadores del estado de la biodiversidad. Bajo este esquema, las especies amenazadas representan la reducción actual o potencial de la biodiversidad de un país o región.
El uso del número de especies amenazadas como porcentaje del total de especies conocidas ha sido ampliamente recomendado por diversos organismos internacionales (e.g., OCDE y ONU) y por las agencias o ministerios ambientales de los gobiernos de numerosos países, incluido México. El indicador puede subestimar el grado de riesgo de algunos grupos taxonómicos de flora y fauna, sobre todo de aquellos en los que no existe suficiente información acerca del estado de las poblaciones de sus especies.
Coordinación General de Proyectos y Enlace, Conabio. México. Abril, 2019.
Conabio. Catálogo de autoridades taxonómicas de especies de la biota con distribución en México. Base de datos SNIB. Conabio, México. Varios años.
Semarnat. Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental. Especies nativas de México de flora y fauna silvestres. Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio. Lista de especies en riesgo. DOF. México. 30 de diciembre de 2010.