R E S P U E S T A |
Notas: 1) Los valores de la gráfica se refieren a la determinación máxima de azufre total en hidrocarburos ligeros; por ejemplo, el valor de 80 ppm es la determinación máxima de azufre, siendo el promedio de 30 ppm, según la NOM-086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005. |
El alto nivel de azufre en los combustibles vehiculares no permite el uso de filtros y trampas para controlar la emisión de partículas ni la instalación de convertidores catalíticos más eficaces para reducir las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) e hidrocarburos (HC), contaminantes precursores del ozono. Es por ello que la reducción de azufre en los combustibles es una medida que se refleja, no sólo en la reducción de la emisión de bióxido de azufre (SO2), sino en la de partículas, NOx e HC y con ello en la concentración de ozono.
Ninguno.
Ninguno.
Pemex. Calidad de combustibles y proyectos ambientales. Pemex. México. 1996.
DOF. Norma Oficial Mexicana NOM-086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005. Especificaciones de los combustibles fósiles para la protección ambiental. DOF. México. 2006 (30 de enero).
DOF. Norma Oficial Mexicana NOM-EM-005-CRE-2015. Especificaciones de calidad de los petrolíferos. DOF. México. 2015 (30 de octubre).