Programa de Inspección y Verificación de las Fuentes de contaminación de jurisdicción federal


Programa de Inspección y Verificación a las Fuentes ___________________
de Contaminación de Jurisdicción Federal

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a través de la Subprocuraduría de Verificación Industrial, tiene como atribuciones la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales relacionadas con la prevención y el control de la contaminación ambiental generada por establecimientos industriales, de servicios o comerciales, así como de las medidas de prevención, control, mitigación, restauración o compensación señaladas en las resoluciones, autorizaciones, permisos y licencias derivadas de la legislación en materia de prevención y control de la contaminación, impacto ambiental y actividades altamente riesgosas.

Para dar cumplimiento a las disposiciones legales en materia ambiental, la Subprocuraduría de Verificación Industrial coordina los programas de inspección y vigilancia a los establecimientos industriales, de servicios y comerciales fuentes de jurisdicción federal a lo largo del país, establecidos en cada una de las Delegaciones de la Procuraduría en las entidades federativas de la República Mexicana.

Este programa tiene la particularidad de evaluar el cumplimiento de la normatividad en materia de emisiones a la atmósfera, residuos peligrosos, actividades altamente riesgosas, ruido e impacto ambiental por los establecimientos industriales, comerciales y de servicios.

Cada una de estas materias se compone de una serie de obligaciones que los sujetos a inspección o verificación deben cumplir, ya sea una o todas las que les aplique.

Al iniciar actividades en 1992, la Procuraduría realizaba en promedio más de 12,000 visitas de inspección y verificación por año en todo el país, de las cuales la Subprocuraduría de Verificación Industrial realizó en promedio 4,400 visitas de inspección en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, en tanto que las instituciones responsables del programa antes de la creación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (la Secretarías de Desarrollo Urbano y Ecología y de Desarrollo Social), habían realizado en promedio alrededor de 2,000 visitas por año entre 1988 y 1992, de las cuales no se dispone de información sobre las sanciones aplicadas y las medidas correctivas dictadas.

El número de visitas de inspección se viene reduciendo a partir de 1998 debido a que a partir del conocimiento obtenido se diseñó un nuevo tipo de visitas de inspección, mediante las que se asegura la obtención de información lo suficientemente detallada para permitir la aplicación de los Sistema de Índices de Cumplimiento de la Normatividad Ambiental las cuales se denominan visitas exhaustivas, y se aplican dichos índices, nuevos elementos que elevan la complejidad de las actividades de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, pero mejoran su eficacia, por lo que se está sacrificando el número de visitas por la calidad de ellas. La meta actual es de 7,600 visitas de inspección o verificación por año, de las cuales corresponden 800 a la Zona Metropolitana de la Ciudad de México.

En esta nueva estrategia de inspección y vigilancia también se ha considerado el tamaño de los establecimientos, en función del número de trabajadores empleados y obreros así como la prioridad del giro de actividad que realizan.

Los resultados de las visitas de inspección se clasifican en función de las infracciones detectadas mediante ellas en "sin irregularidades", "sólo irregularidades leves o menores" e "irregularidades graves". Estas últimas implican riesgo inminente a la salud o a la ecología.

Son irregularidades graves:

· El almacenamiento de residuos peligrosos a cielo abierto y/o sobre terreno natural, de manera que no se evite la posible migración de los contaminantes al ambiente,

· La emisión ostensible de contaminantes a la atmósfera mediante chimenea,

· Las emisiones fugitivas a la atmósfera de materiales o residuos tóxicos,

· La operación de actividades altamente riesgosas sin las medidas mínimas de seguridad,

· El inicio de una actividad o proyecto sin autorización en materia de impacto ambiental o su ejecución sin dar cumplimiento a las condicionantes sustantivas correspondientes.

En el Programa de Inspección y Verificación a las Fuentes de Contaminación de Jurisdicción Federal están contenidas las acciones que se aplican a las industrias maquiladora de la frontera norte y a nivel nacional , paraestatal Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad y Ferrocarriles Nacionales de México y a los generadores de residuos peligrosos biológico infecciosos.

El esquema de inspección y vigilancia a las fuentes contaminantes se complementa con el Programa de Verificación de Vehículos Nuevos en Planta, que es desarrollado por personal de oficinas centrales de la Subprocuraduría de Verificación Industrial.


Fuente: Semarnat, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, México, 2002.