|
|||
Proyectos atendidos
Autorizados
Negados
Total
Obra o actividad
Año
Proyectos ingresados
Agropecuario
2005
0
0
0
0
2006
0
0
0
0
2007
0
0
0
0
2008
0
0
0
0
2009
0
0
0
0
2010
1
1
0
1
2011
0
0
0
0
2012
1
0
0
0
2013
1
1
0
1
2014
1
1
0
1
2015
1
1
0
1
2016
0
0
1
1
2017
0
0
0
0
2018
2
1
1
2
2019
0
0
0
0
2020
0
0
0
0
Desarrollo urbano
2005
1
1
0
1
2006
11
4
2
6
2007
12
10
6
16
2008
18
11
9
20
2009
34
18
3
21
2010
21
20
10
30
2011
22
14
8
22
2012
14
4
8
12
2013
35
8
18
26
2014
29
22
13
35
2015
31
16
16
32
2016
49
16
8
24
2017
69
45
30
75
2018
63
44
15
59
2019
56
33
19
52
2020
45
29
7
36
Energético
2005
38
33
4
37
2006
29
25
7
32
2007
45
19
12
31
2008
36
28
12
40
2009
24
20
9
29
2010
31
26
3
29
2011
52
34
12
46
2012
45
24
20
44
2013
46
32
14
46
2014
67
36
16
52
2015
56
52
21
73
2016
53
35
11
46
2017
104
57
24
81
2018
137
98
28
126
2019
107
93
22
115
2020
71
41
21
62
Forestal
2005
15
5
5
10
2006
9
6
4
10
2007
16
6
11
17
2008
11
10
2
12
2009
8
5
3
8
2010
21
11
11
22
2011
14
10
7
17
2012
11
4
4
8
2013
8
4
5
9
2014
7
2
5
7
2015
16
5
5
10
2016
4
4
7
11
2017
3
3
1
4
2018
2
1
0
1
2019
4
2
1
3
2020
1
2
1
3
Gasero
2005
25
30
2
32
2006
38
23
7
30
2007
29
18
14
32
2008
40
22
17
39
2009
46
24
17
41
2010
47
28
22
50
2011
76
54
24
78
2012
83
63
15
78
2013
72
61
19
80
2014
102
59
13
72
2015
30
18
5
23
Industrial
2005
49
33
18
51
2006
50
39
10
49
2007
41
29
11
40
2008
41
33
10
43
2009
37
16
12
28
2010
54
32
24
56
2011
36
31
12
43
2012
57
29
23
52
2013
57
29
28
57
2014
58
41
17
58
2015
65
27
24
51
2016
54
36
31
67
2017
62
37
21
58
2018
67
40
21
61
2019
58
43
19
62
2020
23
19
5
24
Minero
2005
20
19
1
20
2006
25
23
3
26
2007
16
13
5
18
2008
19
17
3
20
2009
16
10
3
13
2010
35
16
14
30
2011
30
16
14
30
2012
38
18
15
33
2013
32
22
18
40
2014
14
10
5
15
2015
19
13
5
18
2016
19
13
7
20
2017
34
15
14
29
2018
38
26
14
40
2019
21
15
9
24
2020
23
8
4
12
Pesquero
2005
8
8
8
16
2006
11
3
4
7
2007
5
6
2
8
2008
6
1
2
3
2009
11
7
3
10
2010
5
5
3
8
2011
3
2
1
3
2012
12
4
4
8
2013
7
6
6
12
2014
3
3
0
3
2015
7
3
3
6
2016
6
1
2
3
2017
9
5
5
10
2018
7
8
1
9
2019
7
7
0
7
2020
2
0
1
1
Petrolero
2005
52
37
5
42
2006
60
48
9
57
2007
27
26
12
38
2008
33
26
3
29
2009
25
28
5
33
2010
14
13
2
15
2011
22
12
6
18
2012
21
18
8
26
2013
13
5
5
10
2014
12
15
3
18
2015
2
2
1
3
Recursos hidráulicos
2005
32
24
3
27
2006
41
24
11
35
2007
61
33
14
47
2008
76
58
26
84
2009
150
87
20
107
2010
102
94
28
122
2011
115
101
33
134
2012
105
79
35
114
2013
158
79
37
116
2014
158
118
49
167
2015
148
99
32
131
2016
85
72
40
112
2017
67
46
27
73
2018
71
56
24
80
2019
79
48
16
64
2020
59
40
13
53
Turismo
2005
107
68
37
105
2006
117
52
67
119
2007
94
37
30
67
2008
135
80
51
131
2009
95
64
54
118
2010
70
42
31
73
2011
44
30
23
53
2012
56
35
17
52
2013
23
28
15
43
2014
26
17
6
23
2015
22
13
7
20
2016
25
14
10
24
2017
32
13
14
27
2018
46
25
20
45
2019
28
13
13
26
2020
21
6
6
12
Vias generales de comunicación
2005
97
71
24
95
2006
142
64
50
114
2007
127
90
39
129
2008
188
93
78
171
2009
281
206
46
252
2010
285
230
33
263
2011
210
222
53
275
2012
155
130
26
156
2013
357
170
97
267
2014
348
282
88
370
2015
285
218
77
295
2016
233
173
71
244
2017
252
162
78
240
2018
252
156
67
223
2019
241
167
60
227
2020
256
148
33
181
Total
2005
444
329
107
436
2006
533
311
174
485
2007
473
287
156
443
2008
603
379
213
592
2009
727
485
175
660
2010
686
518
181
699
2011
624
526
193
719
2012
598
408
175
583
2013
809
445
262
707
2014
825
606
215
821
2015
682
467
196
663
2016
528
364
188
552
2017
632
383
214
597
2018
685
455
191
646
2019
601
421
159
580
2020
501
293
91
384
NOTAS DE LA VARIABLE
Proyectos ingresados bajo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental |
Los datos se refieren a proyectos presentados a evaluación de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de SEMARNAT respecto de la autorización necesaria en materia de impacto ambiental. A partir de marzo de 2015 la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), órgano desconcentrado de la SEMARNAT, es responsable de la recepción y registro de los proyectos de Impacto Ambiental del Sector Hidrocarburos. Con este cambio, la información de los giros de Obra o Actividad Gasero y Petrolero, dejan de generarse por parte de DGIRA. Los datos de estos rubros, en 2015, son al mes de febrero. A partir de mayo del 2000, se transfiere a las Delegaciones Federales de la SEMARNAT la atención de proyectos que antes se evaluaban en oficinas centrales de la Secretaría. Los datos aquí presentados no incluyen los proyectos atendidos en dichas Delegaciones Federales. A partir de 2011 se reporta tamb ién la gestión de los proyectos que, junto con la manifestación de impacto ambiental para las actividades que señala la Ley, solicitan la autorización de cambio de uso de suelo forestal, así como en selvas y zonas áridas (artículo 28, fracc. VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, LGEEPA). Lo anterior, con base en el "Acuerdo por el que se expiden los lineamientos y procedimientos para solicitar en un trámite único ante la Secretaría de Medio Ambiente Recursos Natu rales las autorizaciones en materia de impacto ambiental y en materia forestal que se indican y se asignan las atribuciones correspondientes en los servidores públicos que se señalan" (Diario Oficial de la Federación, 22 de diciembre de 2010). El trámite de referencia se denomina "Trámite unificado cambio de uso de suelo forestal, Modalidad B". Es importante aclarar que las autorizaciones no incluyen la fracción V del artículo 28 de la LGEEPA ni el 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sust entable, que se refieren a las condiciones mediante las cuales se emitirán autorizaciones para aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración; a quien corresponde conocer la gestión correspondiente es a la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de la SEMARNAT. Con motivo de la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, el Distrito Federal cambió su denominació n a Ciudad de México. La información correspondiente a dicha entidad se presenta con este nuevo nombre. |
Proyectos atendidos bajo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental |
Se trata del número de proyectos dictaminados por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de SEMARNAT, respecto de la autorización necesaria en materia de impacto ambiental. A partir de marzo de 2015 la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), órgano desconcentrado de SEMARNAT, es responsable de la recepción y registro de los proyectos de Impacto Ambiental del Sector Hidrocarburos. Con este cambio, la información de los giros de Obra o Actividad Gasero y Petrolero, dejan de generarse por DGIRA. Los datos de estos rubros, en 2015, son al mes de febrero. A partir de mayo del 2000, se transfiere a las Delegaciones Federales de la SEMARNAT la atención de proyectos que antes se evaluaban en oficinas centrales de la Secretaría. Los datos aquí presentados no incluyen los proyectos atendidos en dichas Delegaciones Federales. A partir de 2012 se reporta también la gestión de los proy ectos que, junto con la manifestación de impacto ambiental para las actividades que señala la Ley, solicitan la autorización de cambio de uso de suelo forestal, así como en selvas y zonas áridas (artículo 28, fracc. VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, LGEEPA). La gestión antes mencionada, se realiza con base en el "Acuerdo por el que se expiden los lineamientos y procedimientos para solicitar en un trámite único ante la Secretaría de Medio Ambiente Recursos Nat urales las autorizaciones en materia de impacto ambiental y en materia forestal que se indican y se asignan las atribuciones correspondientes en los servidores públicos que se señalan" (Diario Oficial de la Federación, 22 de diciembre de 2010). El trámite de referencia se denomina "Trámite unificado cambio de uso de suelo forestal, Modalidad B”. Es importante aclarar que las autorizaciones no incluyen la fracción V del artículo 28 de la LGEEPA ni el 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Suste ntable, que se refieren a las condiciones mediante las cuales se emitirán autorizaciones para aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración; a quien corresponde conocer la gestión correspondiente es a la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de SEMARNAT. Los años en que se atienden más proyectos que los que ingresan, se debe a que se incluye el rezago de años anteriores. El hecho de que un proyecto sea reportado como negado o rechazado, puede deb erse a distintas razones, entre otras las siguientes: a).- No cumplir con los requisitos establecidos en la LGEEPA. b).- Deficiencias en la información proporcionada en el estudio y/o mala calidad del mismo. c).- Por contravenir las disposiciones establecidas en los instrumentos de política ambiental aplicables. d).- Inicio de obras sin contar con autorización previa. Con motivo de la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, el Distrito Federal cambió su denominación a Ciudad de México. La información correspondiente a dicha entidad se presenta con este nuevo nombre. |
FUENTES
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, Abril, 2021. |