Atención de contingencias en los recursos naturales____________________

Existen fenómenos meteorológicos, geológicos, químicos y biológicos que pueden provocar cambios drásticos en los ecosistemas y, por ende, en los recursos naturales, e incluso pueden llegar a tener un efecto importante sobre las poblaciones de varias especies. Además de esos fenómenos naturales, el manejo incontrolado de sustancias contaminantes que genera la industrialización y la construcción de obras que modifican el funcionamiento de los ecosistemas, han aumentado y diversificado los peligros a los que están sujetos el ambiente y los recursos naturales.

Cuando ocurre alguno de los fenómenos anteriores, se presenta lo que se conoce como contingencia ambiental, la cual, conforme a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), se define como una situación de riesgo derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas (LGEEPA, Art. 3).

Las contingencias en materia de recursos naturales tienen efectos importantes sobre los recursos bióticos (normalmente se trata de mortandad en distintas especies) y, en muchas ocasiones, no es posible determinar con rapidez su causa.

Instrumentos normativos para la atención de contingencias

PROCODES

El Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES) constituye un instrumento de la política pública que tiene como objetivo promover la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad en las Áreas Naturales Protegidas y Regiones Prioritarias, mediante el aprovechamiento sostenible de los mismos, con igualdad de oportunidades para las mujeres y hombres, con énfasis en la población indígena de las localidades (CONANP, 2019).

El PROCODES contempla un mecanismo para prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo, derivadas de actividades humanas o fenómenos naturales, que pueden poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, que se llama "PROCODES de contingencia ambiental", cuyos recursos se destinan para el establecimiento y apoyo de brigadas comunitarias que reciben apoyos destinados a la prevención, mitigación y restauración de las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de incendios forestales, sismos, actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro la integridad los ecosistemas. Con estos apoyos se atiende: el pago de jornales; cobertura contra riesgos de las personas participantes en las brigadas comunitarias; adquisición de herramienta y equipo; renta de maquinaria pesada; contratación de servicios especializados; compra de insumos necesarios para los trabajos de prevención y atención de las contingencias ambientales antes señaladas y para las acciones de restauración y rehabilitación de ecosistemas; capacitación para atender contingencias; y gastos de operación del Área Natural Protegida (Reglas de Operación del PROCODES 2019).

Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos

El 17 de Junio de 2014 se publicó el "Acuerdo mediante el cual se expide el Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos" mismo que en su sección de Considerando indica que la Ley General de Vida Silvestre "… prevé disposiciones sobre trato digno y respetuoso a la fauna silvestre a efecto de disminuir la tensión, sufrimiento, traumatismo y dolor de los ejemplares y que, ordena expresamente en su artículo 60 Bis que para el caso de varamiento de mamíferos marinos se procederá siempre a lo determinado en el “Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos”.

En el Artículo 1 se indica que el Protocolo tiene como finalidad establecer las bases y procedimientos comunes para la atención de varamiento de mamíferos marinos en la zona costera del territorio nacional y la conservación de las poblaciones, evitando afectación a los ecosistemas, a la sanidad animal y a la salud pública. Es de aplicación obligatoria en todo el Territorio Nacional para las autoridades de los gobiernos federal, estatal y municipal involucradas en la atención a varamiento de mamíferos marinos, así como para los grupos voluntarios de apoyo que puedan participar.

La SEMARNAT, por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), es la encargada de coordinar y, en su caso, ejecutar su aplicación y verificación, con la intervención que, por razón de competencia, corresponda a otras dependencias de la administración pública federal, estatal o municipal, así como con la participación de los grupos voluntarios de apoyo en los términos del instrumento.

Por otra parte, la PROFEPA informa que para la atención de contingencias sobre los recursos marinos opera en cuatro líneas principales y complementarias: preverificación, que busca disminuir los riesgos latentes, es decir el monitoreo de factores ambientales y actividades antropogénicas antes de que llegue a presentarse una contingencia; atención de emergencias para enfrentar, controlar y resolver las situaciones de emergencia; seguimiento de las medidas de restauración y mitigación; y evaluación del conjunto de acciones.

En su atención pueden intervenir, bajo la coordinación de la PROFEPA, entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, así como organizaciones sociales y privadas, lo mismo que representantes de la comunidad científica.

 

Fuente:

Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, PROCODES, consultado en http://www.gob.mx/conanp/acciones-y-programas/programa-de-conservacion-para-el-desarrollo-sostenible-procodes-57997, 26-07-2019.

Presidencia de la República, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Diario Oficial de la Federación, México, 05-06-2019, consultado en www.dof.gob.mx.

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Recursos marinos, Atención de contingencias sobre recursos marinos, consultado en https://www.gob.mx/profepa/acciones-y-programas/atencion-a-contingencias-sobre-recursos-marinos, 21-04-2020.

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Subprocuraduría de Recursos Naturales, Abril, 2020.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo mediante el cual se expide el Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos, Diario Oficial de la Federación, México, 17-06-2014, consultado en www.dof.gob.mx.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES), Diario Oficial de la Federación, México, 26-02-2019, consultado en www.dof.gob.mx.