Inventario Nacional de Sitios _________________

El Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (Artículo 2, fracc. XI) señala que la elaboración del Inventario Nacional de Sitios Contaminados (INSC) corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) conforme al artículo 75 de la Ley antes indicada, mismo que establece que la SEMARNAT y las autoridades locales competentes, según corresponda, serán responsables de llevar a cabo acciones para identificar, inventariar, registrar y categorizar los sitios contaminados con residuos peligrosos, con objeto de determinar si procede su remediación, de conformidad con el Reglamento de la Ley antes mencionada.

El INSC es una relación detallada, ordenada y valorada de sitios contaminados en el país en un momento determinado, conforme lo describe la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR), unidad de la SEMARNAT con la atribución de elaborar, en coordinación con las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría, el inventario de sitios contaminados con materiales y residuos peligrosos.

La SEMARNAT, conforme a lo dispuesto en el Artículo 1 fracción IX, también realiza el inventario de sitios remediados.

Antecedentes del inventario de sitios contaminados

La DGGIMAR realizó un levantamiento de campo en todas las entidades federativas, entre el 2006 y 2011, obteniéndose información de sitios contaminados con materiales o residuos peligrosos, registrándose en ese periodo 21 sitios contaminados.

Actualización del Inventario de sitios contaminados

En la conformación del INSC, a los sitios contaminados identificados en el levantamiento de información entre 2006 y 2011 señalado anteriormente, se han incorporado sitios contaminados de los que la SEMARNAT tiene conocimiento a través de la gestión de trámites que se realizan ante la DGGIMAR y ante la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).

Los trámites antes mencionados son realizados por los responsables de la contaminación e incluyen propuestas de remediación de emergencias ambientales y pasivos ambientales.

En el proceso de actualización del Inventario se considera lo siguiente:

  • Integrar los sitios contaminados de los que la SEMARNAT tenga conocimiento a través de la gestión de los trámites (propuestas de remediación de emergencias ambientales y pasivos ambientales) que se realizan ante la DGGIMAR y la ASEA.,
  • Integrar la información derivada de la gestión llevada a cabo por la Comisión Nacional del Agua sobre contaminación y remediación de aguas subterráneas en sitios considerados pasivos ambientales, así como sobre la evaluación y control de contaminación de las aguas subterráneas y aguas superficiales por derrames de hidrocarburos y sustancias químicas.
  • Integrar sitios contaminados de los que se tenga conocimiento por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
  • Integrar información sobre sitios contaminados obtenida de organismos de participación social, organismos internacionales e instituciones académicas, que incluyan el soporte técnico correspondiente que comprueben dicha contaminación.

A diciembre de 2019, se identificaron 1,010 sitios contaminados en el país.

Actualización del Inventario de sitios remediados

Una vez que en un sitio contaminado se alcanzan los niveles de remediación autorizados, lo cual se evalúa en el trámite de conclusión del programa de remediación que se ingresa a la DGGIMAR o a la ASEA, dicho sitio se elimina del inventario de sitios contaminados y se registra en el inventario de sitios remediados.

A diciembre de 2019, se identificaron 844 sitios remediados en el país.

 

Fuente: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas. Abril, 2020.