Plantaciones Forestales Comerciales


El aprovechamiento de los recursos naturales ha sido fundamental en el crecimiento y desarrollo de toda sociedad. Sin embargo, la conservación y perduración de los recursos demandan que los aprovechamientos de los recursos forestales se ejecuten bajo esquemas sustentables.

De allí la necesidad de planes y programas encaminados a garantizar la permanencia del capital natural a través del aprovechamiento sustentable de los ecosistemas naturales y sus servicios ambientales. Por ello, en el caso de los recursos forestales, se instrumenta un programa denominado Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable que opera a través de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y cuyo objetivo general es conservar, proteger, restaurar y aprovechar sustentablemente los ecosistemas, la biodiversidad y las regiones bioculturales para mantener, con enfoque de igualdad, derechos e interculturalidad, la provisión y calidad de los bienes y servicios ambientales desde el territorio que son la base del bienestar de la población y el desarrollo sostenible incluyente. Los componentes, conceptos y modalidades de apoyo del Programa están definidos en las Reglas de Operación del Programa para el ejercicio fiscal 2020.

El programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable integra en el Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV), apoyos para el establecimiento y desarrollo de Plantaciones Forestales Comerciales, que contribuyen en el incremento de la producción y productividad forestal del país. El fomento y la regulación de las plantaciones forestales comerciales tienen su base en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de donde se deriva la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS, Artículo 3, Fracción XVII), promulgada en 2018 como ley reglamentaria del artículo 27 constitucional. La LGDFS es el instrumento rector para la regulación de la actividad de plantaciones forestales comerciales en el territorio mexicano.

Los apoyos para las actividades de plantaciones forestales comerciales van dirigidos a personas físicas y morales, que sean propietarias o legítimas poseedoras de terrenos temporalmente forestales o preferentemente forestales, ubicados dentro de las áreas elegibles para plantaciones forestales comerciales definidas por la CONAFOR, y que se clasifiquen como plantadores iniciales o en desarrollo o como plantadores permanentes.

Los apoyos que otorga la CONAFOR para el establecimiento y desarrollo de Plantaciones Forestales Comerciales, a través del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable, son los siguientes:

  • MFCCV.7.1 Establecimiento de Plantaciones Forestales Comerciales: Recursos económicos para el establecimiento de Plantaciones Forestales Comerciales (PFC), así como para el pago de asistencia técnica.

  • MFCCV.7.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas: Recursos económicos para PFC, que hayan sido establecidas con recursos propios del solicitante, las cuales deberán tener mínimo seis meses y máximo cinco años de establecidas al momento de solicitar el apoyo, así como para el pago de asistencia técnica.

  • MFCCV.7.3 Plantaciones Maderables en Sistemas Agroforestales: Recursos económicos para establecer plantaciones forestales comerciales de tipo maderable, en terrenos en los que se desarrollen actividades agrícolas o pecuarias, con el objetivo de generar un Sistema Agroforestal, cuya finalidad es diversificar el uso del suelo al combinar el cultivo de árboles maderables de uso comercial, con cultivos agrícolas anuales o ganadería y mejorar las oportunidades productivas de las Personas Beneficiarias, coadyuvando a la sostenibilidad ambiental regional.

    Se entenderá como eje fundamental de esta actividad, a la plantación forestal comercial de tipo maderable que se establezca en alguno de los diseños descritos en el documento “Sistemas Agroforestales Maderables en México”, publicado en la página de internet de la CONAFOR, y cuya combinación se realice con cultivos agrícolas anuales o ganadería que se desarrollen tradicionalmente en las diferentes regiones en que se implementen los apoyos.

  • MFCCV.7.4 Plantaciones Forestales Comerciales con Transferencia de Tecnología: Recursos económicos para el establecimiento de PFC de alta competitividad, mediante la transferencia de tecnología desarrollada por Agentes Técnicos de Plantaciones Forestales Comerciales (ATPFC) a pequeños plantadores, en un esquema de desarrollo de proveedores, que permita garantizar la asistencia técnica permanente y de alta calidad productiva, durante todo el desarrollo de las PFC y que facilite el acceso al mercado de las materias primas derivadas de las PFC que se establezcan. Esta actividad deberá contar con aportación concurrente de Gobiernos Locales o de otros interesados, en una proporción de al menos 20% del monto por hectárea que se determine en la convocatoria.

  • MFCCV.7.5 Prima o cuota de seguro para PFC: Recursos económicos para el pago parcial de primas o cuotas anuales de seguros para plantaciones forestales comerciales establecidas con apoyos de la CONAFOR y que cuenten con una edad mínima de un año.

 

Fuente:
Comisión Nacional Forestal, Coordinación General de Planeación e Información, Abril, 2020

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Comisión Nacional Forestal. Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, Diario Oficial de la Federación, México, 16-01-2020.