Sistema Nacional de Investigadores


El Sistema Nacional de Investigadores (SNI) fue creado por Acuerdo Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1984, para reconocer la labor de las personas dedicadas a producir conocimiento científico y tecnología. El reconocimiento se otorga a través de la evaluación por pares y consiste en el nombramiento de investigador nacional. Esta distinción simboliza la calidad y prestigio de las contribuciones científicas. En paralelo al nombramiento se otorgan estímulos económicos cuyo monto varía con el nivel asignado.

El SNI tiene por objeto promover y fortalecer, a través de la evaluación, la calidad de la investigación científica y tecnológica que se produce en el país. El Sistema contribuye a la formación y consolidación de investigadores con conocimientos científicos y tecnológicos del más alto nivel como un elemento fundamental para incrementar la cultura, productividad, competitividad y el bienestar social.

El Sistema Nacional de Investigadores, a través de sus miembros, es una agrupación en la que están representadas todas las disciplinas científicas que se practican en el país y cubre a una gran mayoría de las instituciones de educación superior e institutos y centros de investigación que operan en México. En este sentido coadyuva a que la actividad científica se desarrolle de la mejor manera posible a lo largo del territorio y a que se instalen grupos de investigación de alto nivel académico en todas las entidades federativas. Para realizar su labor el Sistema Nacional de Investigadores establece criterios confiables y válidos para evaluar las actividades de investigación que llevan a cabo académicos y tecnólogos. Tales criterios se expresan en el Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores (Diario Oficial de la Federación, 16-02-2018). En este ordenamiento jurídico se define su organización y funcionamiento, las condiciones de elegibilidad, los lineamientos que se siguen para nombrar a las comisiones dictaminadoras y la forma como llevan a cabo sus tareas. Por último, incluye los beneficios que se adquieren con la pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores y los períodos de duración de los nombramientos.

De acuerdo con el Reglamento, el Gobierno Federal otorga por medio del SNI tres categorías de distinciones:

I. Candidato a Investigador Nacional;
II. Investigador Nacional, con tres niveles, y
III. Investigador Nacional Emérito.

Para recibir la distinción Investigador Nacional se requiere que el/la investigador/a

I. Cuente con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina. La equivalencia se realizará de acuerdo con lo que señalen los criterios específicos de evaluación del área 3
II. Realice habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica;
III. Presente los productos del trabajo debidamente documentados, mediante el mecanismo que se indique en la convocatoria correspondiente;
IV. Se desempeñe en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o sea persona de nacionalidad mexicana que realice actividades de investigación en el extranjero;
V. Cumpla con los criterios de selección contenidos en este Reglamento.

El investigador que desee obtener el reconocimiento de ser Investigador Nacional debe demostrar el cumplimiento de los requisitos siguientes según el nivel al que aspire (https://www.conacyt.gob.mx/index.php/el-conacyt/sistema-nacional-de-investigadores/marco-legal/criterios-sni):

Candidato(a) a Investigador(a) Nacional:

I. Cumplir con lo establecido en el Reglamento;
II. Poseer el grado de doctorado. En el caso de las personas con título de médico, cumplir con la equivalencia, misma que se realizará de acuerdo con lo que señalen los criterios específicos de evaluación del área 3.
III. Demostrar capacidad para realizar investigación, con la evaluación de sus productos de investigación científica o tecnológica.

Nivel I:

I. Poseer el grado de doctorado, en el caso de las personas con título de médico, cumplir con la equivalencia, misma que se realizará de acuerdo con lo que señalen los criterios específicos de evaluación del área 3,
II. Haber realizado trabajos de investigación científica o tecnológica original y de calidad, lo que demostrará mediante la presentación de sus productos de investigación o desarrollo tecnológico, y
III. Haber participado en la dirección de tesis de licenciatura o posgrado, o en la impartición de asignaturas, así como en otras actividades docentes o formativas.

Nivel II, además de cumplir con los requisitos del nivel I:

I. Haber realizado investigación original, de calidad reconocida, constante y donde se demuestre liderazgo en una línea de investigación,
II. Haber dirigido tesis de posgrado, y
III. En su caso, consolidación de su línea de investigación, trascendencia en la solución de problemas científicos o tecnológicos.

Nivel III, además de cumplir con los requisitos del nivel II:

I. Haber realizado investigación que represente una contribución científica o tecnológica trascendente para la generación o aplicación de conocimientos;
II. Haber realizado actividades sobresalientes de liderazgo en la comunidad científica o tecnológica nacional,
III. Contar con reconocimiento nacional e internacional, por su actividad científica o tecnológica, y
IV. Haber realizado una destacada labor en la formación de recursos humanos de alto nivel para el país.
V. En su caso, demostrar liderazgo, repercusión de su obra, impacto en el desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas.

Las áreas de conocimiento dentro de las cuales laboren los investigadores se agrupan de la manera siguiente:

Área I. Físico-Matemáticas y Ciencias de la Tierra; Área II. Biología y Química; Área III. Medicina y Ciencias de la Salud; Área IV. Humanidades y Ciencias de la Conducta; Área V. Ciencias Sociales; Área VI. Biotecnología y Ciencias Agropecuarias; Área VII. Ingenierías. El Reglamento considera la posibilidad de establecer áreas adicionales según lo determine el Consejo de Aprobación que es la instancia de mayor autoridad dentro del SNI.

 

Fuente:

CONACYT, Sistema Nacional de Investigadores, consultado en https://www.conacyt.gob.mx/index.php/el-conacyt/sistema-nacional-de-investigadores 16-04-2018.

Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Acuerdo por el que se emite el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores, Diario Oficial de la Federación, México, 16-02-2018, consultado en http://www.dof.gob.mx/.