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Sistema Federal Sanitario

 

Integración


El Sistema Federal Sanitario (SFS) se establece con el objeto de organizar y armonizar en toda la República Mexicana las acciones de control, vigilancia y fomento sanitario que de manera coordinada y como autoridades sanitarias ejercen la Federación y las entidades federativas, y que son conducidas a nivel nacional por la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS.

Este Sistema está integrado por la COFEPRIS y las autoridades equivalentes u homólogas en las entidades federativas con las que se haya suscrito Acuerdo de Coordinación en materia de regulación, control, vigilancia y fomento sanitarios (1). El objetivo de los Acuerdos de Coordinación es establecer los términos y condiciones de la coordinación entre los Gobiernos de las entidades federativas y la Secretaría de Salud para el ejercicio de las facultades que corresponden a esta dependencia por conducto de la COFEPRIS, con la finalidad de dar agilidad, transparencia y eficiencia al desarrollo de dichas actividades en el ámbito estatal.

Se estructura con políticas regulatorias y no regulatorias, vínculos a nivel nacional e internacional a través de las áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios y los Laboratorios Estatales de Salud Pública y de la COFEPRIS, como se presenta en el siguiente esquema:

 

 

Funcionamiento

El SFS funciona regionalizado de la manera siguiente:

  • Región norte:

Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Zacatecas

  • Región Centro Occidente:

Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Sinaloa

  • Región Centro:

Distrito Federal, Hidalgo, México, Querétaro, Tlaxcala

  • Región Sur-Sureste:

Campeche, Chiapas, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz, Yucatán

Se rige por criterios para la participación de las entidades federativas en el ejercicio de Facultades en Materia de Control y Fomento Sanitarios.

Estos son:

 

Q

 

Organización

Para la homologación del ejercicio de sus funciones se ha recomendado a las entidades federativas realizar las adecuaciones jurídicas para contar con una estructura que dependa directamente de la Secretaría de Salud del Estado, de acuerdo a las necesidades de cada entidad, y estas pueden ser:

*  Comisión Estatal de Protección Contra Riesgos Sanitarios, como un órgano desconcentrado;
*  Subsecretaría de Protección Contra Riesgos Sanitarios;
*  Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios.

 

Situación Operativa

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OPD: Organismo de participación directa

 

1/Se han firmado 32 acuerdos de coordinación con las entidades federativas, en materia de control y fomento sanitarios, 20 de ellas han celebrado dicho instrumento jurídico con el incremento de facultades derivado de la modificación a la Ley General de Salud, quedando sin efectos las disposiciones de los acuerdos y convenios celebrados con los gobiernos de los Estados y el Ejecutivo Federal, que se opongan a aquellas estipuladas en el último Acuerdo Específico de Coordinación celebrado. De igual forma, se han suscrito acuerdos de coordinación en materia de control sanitario de productos del tabaco en todos los estados
(https://www.gob.mx/cofepris/documentos/directorio-del-sistema-federal-sanitario-2018 (Revisión: Septiembre, 2018)).

 

 

Fuente: COFEPRIS (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Sistema Federal Sanitario, consultado en
https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/sistema-federal-sanitario-49111 24-08-2018.