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Empresas con autorización nueva
Empresas con autorización prorrogada
Total
Año
2006
34
0
34
2007
22
2
24
2008
14
4
18
2009
19
16
35
2010
30
26
56
2011
19
11
30
2012
21
6
27
2013
20
1
21
2014
10
3
13
2015
17
10
27
2016
11
1
12
NOTAS DE LA VARIABLE
Número de empresas autorizadas para el tratamiento de suelos contaminados |
Se refieren a las autorizaciones o prorrogas expedidas anualmente por la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR) de SEMARNAT. El Artículo 56 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos no establece la obligación de DGGIMAR de señalar o especificar en las autorizaciones que expide la capacidad de tratamiento manifestada por los prestadores de servicios. La determinación de la capacidad de tratamiento para los procesos autorizados la podrán establecer las empresas autorizadas y será responsabilidad del prestador de servicios y el contratante de los mismos. De conformidad con lo establecido en el Artículo 58 del Reglamento de la LGPGIR, la autorización para remediación de suelo contaminado se otorga por un periodo de 10 años, la cual podrá prorrogarse, a solicitud expresa del interesado, por periodos iguales al originalmente autorizado. |
FUENTES
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, Marzo, 2017. |