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| NOTAS DE LA VARIABLE |
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WebFOCUS Report
Viveros registrados |
Anteriormente se consideraba como UMA Intensiva, pero ahora se establece que son predios o instalaciones que manejen vida silvestre (PIMVS) de forma confinada, fuera de su hábitat natural, que no tienen como objetivo la reintroducción de ejemplares a la vida libre libre (Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, Art. 2, 27, 131, 131 bis).
La producción en los viveros depende de las dimensiones, la calidad en el manejo y la capacidad de los técnicos, así como también de las especies que se reproducen. Con motivo de la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, el Distrito Federal cambió su denominación a Ciudad de México. La información correspondiente a dicha entidad se presenta con este nuevo nombre. |
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| FUENTES |
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Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dirección General de Vida Silvestre, Mayo, 2016. |
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