Número de empresas autorizadas para el tratamiento de suelos contaminados |
Los datos de 2016 son al mes de mayo. Se refieren a las autorizaciones o prorrogas expedidas anualmente por la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR) de SEMARNAT. El Artículo 56 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos no establece la obligación de DGGIMAR de señalar o especificar en las autorizaciones que expide la capacidad de tratamiento manifestada por los prestadores de servicios
. La determinación de la capacidad de tratamiento para los procesos autorizados la podrán establecer las empresas autorizadas y será responsabilidad del prestador de servicios y el contratante de los mismos. De conformidad con lo establecido en el Artículo 58 del Reglamento de la LGPGIR, la autorización para remediación de suelo contaminado se otorga por un periodo de 10 años, la cual podrá prorrogarse, a solicitud expresa del interesado, por periodos iguales al originalmente autorizado. |