Entidad federativa
 
Año

Número de instalaciones
Capacidad instalada
(kg)
Aguascalientes 2008 1 16
Baja California 2009 1 18
  2013 1 136
Baja California Sur 2010 1 20
  2012 1 90
Campeche 2011 1 1
  2012 1 160
Coahuila 2007 1 130
Chiapas 2009 1 29
  2011 1 12
Chihuahua 2007 1 13
  2008 1 15
  2009 1 15
  2011 1 10
Ciudad de México 2009 1 19
  2013 1 4,885
Durango 2009 1 91
  2011 1 10
Guanajuato 2010 1 1,340
  2011 1 91
Hidalgo 2010 1 40
  2015 1 486
Jalisco 2008 1 30
  2010 1 765
México 2008 2 443
  2009 3 780
  2010 1 200
  2011 1 5
Michoacán 2009 2 487
Morelos 2010 1 1
Nayarit 2007 1 39
  2010 1 50
Nuevo León 2010 1 2
Puebla 2007 1 30
Querétaro 2008 1 5,000
San Luis Potosí 2008 1 1
Sinaloa 2012 2 20
Sonora 2009 1 23
  2010 2 626
  2011 1 150
Tabasco 2010 1 9
  2013 3 427
Tamaulipas 2008 1 10
Veracruz 2008 1 940
  2010 1 184
Yucatán 2011 2 23
Total 2007 4 212
  2008 9 6,455
  2009 11 1,461
  2010 12 3,237
  2011 9 302
  2012 4 270
  2013 5 5,447
  2015 1 486

NOTAS DE LA VARIABLE


WebFOCUS Report
Número de instalaciones autorizadas para el manejo de residuos biológico infecciosos El manejo de residuos peligrosos biológico infecciosos comprende principalmente su Tratamiento, Incineración, Almacenamiento y acopio, y Recolección y transporte.
La información se refiere a la Gestión de autorización, por parte de empresas, de la prestación del servicio de manejo, acto en el que las empresas especifican la capacidad que tienen en sus instalaciones.
En esta información no se tiene datos para el mismo periodo en todas las entidades federativas debido principalmente a que no hay empresas dedicadas al manejo de residuos peligrosos en todos los estados. Las empresas que cuentan con autorización para ello lo pueden hacer en todo el país, de manera que pueden atender la demanda de manejo de residuos peligrosos generados en las entidades federativas que no cuentan con instalaciones de manejo propias.

La estadística sobre infraestructura del tratamiento in situ de residuos peligrosos biológico infecciosos ha venido disminuyendo, debido principalmente a la aplicación del trámite SEMARNAT-07-026, Procesos de tratamiento en la fuente generadora que no requieren autorización. Este es solo un trámite de aviso, por lo cual no se elabora una autorización. Por ello, cuando las autorizaciones de tratamiento in situ que se encuentran vigentes lleguen a su vencimiento, los establecimientos generadores ya no se prorrogan.

Con motivo de la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, el Distrito Federal cambió su denominación a Ciudad de México. La información correspondiente a dicha entidad se presenta con este nuevo nombre.

Capacidad instalada para manejo de residuos biológico infecciosos Respecto de la capacidad de manejo autorizada en materia de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos es necesario considerar que ésta podría ser mayor pues algunas empresas obtienen, debido a la capacidad de su infraestructura, autorizaciones que además implican una gama más amplia de residuos.
El manejo de residuos peligrosos biológico infecciosos comprende principalmente su Tratamiento, Incineración, Almacenamiento y acopio, Recolección y transporte.
En el caso de la m odalidad de manejo "Recolección y transporte", se refiere a la capacidad máxima de la unidad de transporte por viaje y sus datos se presentan como "toneladas / viaje".
La suma de los parciales puede no coincidir con el total debido a redondeo.
En esta información no se tiene datos para el mismo periodo en todas las entidades federativas debido principalmente a que no hay empresas dedicadas al manejo de residuos peligrosos en todos los estados. Las empresas que cuentan con autorización para ello lo p ueden hacer en todo el país, de manera que pueden atender la demanda de manejo de residuos peligrosos generados en las entidades federativas que no cuentan con instalaciones de manejo propias.
Con motivo de la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, el Distrito Federal cambió su denominación a Ciudad de México. La información correspondiente a dicha entidad se presenta con este nuevo nombre.


FUENTES


Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, Abril 2016