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Normatividad en bioseguridad |
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Como elemento central de la bioseguridad está la
adopción de medidas para la protección a la salud y al ambiente, derivadas
del manejo y liberación de organismos genéticamente modificados.
Precisamente, la normatividad jurídica se aplica principalmente en los rubros
de salud —humana, animal y vegetal— y ambiente. |
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La propia Cibiogem (Comisión Intersecretarial de
Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados), a través de las
seis Secretarías de Estado, integrantes de la misma, y del Conacyt, aplican
ciertas normas jurídicas relacionadas con bioseguridad, que principalmente se
refieren a la Sagarpa , Semarnat y SSA. |
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Las normas relativas al rubro de salud,
primordialmente se encuentran previstas en la Ley General de Salud, en cuatro
de sus reglamentos (Investigación para la Salud, Insumos para la Salud,
Control Sanitario de Productos y Servicios, y Publicidad), en la Ley Federal
de Sanidad Vegetal, en la Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de
Semillas. Por lo que respecta a la protección al ambiente, las normas
jurídicas relativas se encuentran en la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente y en su reglamento en materia de impacto
ambiental. |
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Por lo que respecta a las otras tres Secretarías
de Estado que conforman a la Cibiogem (Hacienda y Crédito Público, Economía y
Educación Pública), es importante precisar que no aplican normatividad
específica en materia de bioseguridad, aunque sí lo hacen en cuanto a
disposiciones que regulan aspectos relacionados con bioseguridad, directa e
indirectamente. |
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En este orden de ideas, la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público aplica normatividad relacionada con el control sobre
movimientos transfronterizos de bienes (importación y exportación), aduanas,
imposición tributaria (impuestos) y asistencia financiera, entre otros. |
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La Secretaría de Economía hace lo correspondiente
sobre normas jurídicas relacionadas con el comercio exterior, políticas
comerciales nacionales e internacionales, colocación en el mercado de bienes
y tratados comerciales internacionales, mientras que uno de los órganos
gubernamentales sectorizados a esta dependencia (Instituto Mexicano de la
Protección Industrial), regula la propiedad industrial, y otro protege los
derechos de los consumidores (Profeco). |
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Por su parte, la Secretaría de Educación Pública
indirectamente también se vincula con la bioseguridad al aplicar normas
jurídicas vinculadas con la elaboración de políticas educativas nacionales a
prácticamente todos los niveles, investigación y divulgación educativa y
científica —junto con Conacyt—, entre otros. |
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Normas Jurídicas Relacionadas con
Bioseguridad |
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Instituciones responsables |
Ordenamientos |
Característica destacada |
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Ley
de Bioseguridad de Organismos Genéticamente
Modificados Expedida el
18 de marzo 2005 |
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Regula las actividades de utilización
confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación
comercial, comercialización, importación y exportación de organismos
genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los
posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana,
al Medio Ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal
y acuícola. |
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Reglamento
de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente
Modificados Expedida el
19 de marzo de 2008 – Última reforma publicada el 6 de marzo de 2009 |
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Reglamento
de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos
Genéticamente Modificados |
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Reglas
de Operación de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los
Organismos Genéticamente Modificados |
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Modificación
a las Reglas de Operación de la CIBIOGEM |
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Reglas
de Operación del Fideicomiso “Fondo para el Fomento y Apoyo a la
Investigación Científica y Tecnológica en Bioseguridad y Biotecnología”
(FONDO CIBIOGEM) |
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Acuerdo
por el que se determinan Centros de Origen y Centros de Diversidad Genética
del Maíz - PDF
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Acuerdo
por el que se determina la información y documentación que debe presentarse
en el caso de realizar actividades de utilización confinada y se da a conocer
el formato único de avisos de utilización confinada de organismos
genéticamente modificados |
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Legislación Adicional |
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Ley
de Ciencia y Tecnología |
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Estatuto
Orgánico de CONACYT |
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Normatividad aplicada por la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA): |
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Ley
Federal de Sanidad Vegetal |
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Promueve y vigila la observancia de las
disposiciones fitosanitarias; diagnóstico y prevención de la diseminación e
introducción de plagas de los vegetales, sus productos y subproductos;
establece medidas fitosanitarias; y regula la efectividad biológica,
aplicación, uso y manejo de insumos, así como el desarrollo y prestación de
actividades y servicios fitosanitarios (Arts. 5o. y 43). |
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Ley Federal de
Sanidad Animal |
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Establece las bases para el diagnóstico, la
prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas de los
animales, con excepción de los que tengan como hábitat el medio acuático
(Art. 1o.). |
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Ley de Productos
Orgánicos |
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Regula los criterios y/o requisitos para la
conversión, producción, procesamiento, elaboración, preparación,
acondicionamiento, almacenamiento, identificación, empaque, etiquetado,
distribución, transporte, comercialización, verificación y certificación de
productos producidos orgánicamente (Art. 1 y 2). |
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Ley Federal de
Producción, Certificación y Comercio de Semillas |
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Regula los trabajos de investigación oficial
para el mejoramiento de las variedades de plantas existentes, o para la
formación de nuevas y mejores variedades, que sean directas o indirectamente
útiles al hombre; la producción y el beneficio de las semillas certificadas y
verificadas; la certificación de semillas y las actividades de distribución y
venta de las mismas; y la vigilancia del cumplimiento de las normas técnicas
a que se refiere esta ley (Arts. 3o., 5o. y 16). |
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Ley de Desarrollo
Rural Sustentable |
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Promueve el desarrollo rural sustentable del
país para propiciar un Medio Ambiente adecuado, en los términos del párrafo
4o. del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; y garantizar la rectoría del Estado y su papel en la promoción de
la equidad, en los términos del artículo 25 de la Constitución (Arts. 36, 39,
93 y 99). |
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Reglamento
de la Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas |
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Regula los trabajos de investigación oficial
para el mejoramiento de las variedades de plantas existentes, o para la
formación de nuevas y mejores variedades, directa o indirectamente útiles al
hombre, así como la producción, certificación, verificación y comercio de
semillas. |
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Acuerdo
por el que se Crea el Comité Técnico Científico de la Secretaría de
Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en Materia de
Organismos Genéticamente Modificados. |
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Acuerdo
por el que se Delegan en el Titular del Servicio Nacional de Sanidad,
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y en sus Directores Generales de Salud
Animal, Sanidad Vegetal, e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera,
las Facultades y Funciones que se Indican |
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Normatividad aplicada por la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) |
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Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente |
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Reglamenta las disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y
restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente,
en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su
soberanía y jurisdicción (Arts. 2o., 3o., 28, 79 y 82). |
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Reglamento
de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en
Materia de Evaluación del Impacto Ambiental |
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Reglamenta la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de evaluación del impacto
ambiental en el ámbito federal, así como la preservación y protección de la
biodiversidad, y el establecimiento y administración de las áreas naturales
protegidas (Art. 5). |
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Ley
General de Desarrollo Forestal Sustentable - PDF |
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Regula y fomenta la conservación, protección,
restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de
los ecosistemas forestales del país y sus recursos, así como la distribución
de competencias que en materia forestal correspondan a la Federación, los
Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de
concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX-G de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art. 1 y 2). |
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Normatividad aplicada por la Secretaría de Salud
(SSA) |
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Ley
General de Salud |
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Reglamenta el derecho a la protección de la
salud en términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Establece las bases y modalidades para el acceso a los
servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general (Arts. 98, 282 Bis, 282 Bis 1 y
282 Bis 2). |
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Reglamento
de Control Sanitario de Productos y Servicios |
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Se encarga de la regulación, control y fomento
sanitario del proceso, importación y exportación, así como de las
actividades, servicios y establecimientos, relacionados con productos
considerados como alimentos, bebidas, productos de perfumería, belleza o aseo
o tabaco, así como las sustancias asociadas con su proceso (Arts. 164, 165,
166 y 167). |
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Reglamento
de Insumos para la Salud |
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Reglamenta el control sanitario de los insumos
y de los remedios herbolarios, así como el de establecimientos, actividades y
servicios relacionados con los mismos (Art. 81). |
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Reglamento
de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad |
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Reglamenta el control sanitario de la
publicidad de los productos, servicios y actividades a que se refiere la Ley
General de Salud (Arts. 70 y 71). |
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Reglamento
de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud |
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Provee, en la esfera administrativa, al
cumplimiento de la Ley General de Salud en lo referente a la investigación
para la salud que implique, entre otros, a la construcción y manejo de Ácidos
Nucleicos Recombinantes es decir, nuevas combinaciones de material genético
obtenida fuera de una célula vigente (Arts. 85, 86, 87 y 88). |
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Normatividad Penal Aplicable |
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Código
Penal Federal |
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Establece la pena de uno a nueve años de
prisión y de trescientos a tres mil días de multa, a quien en contravención a
lo establecido en la normatividad aplicable, introduzca al país, o extraiga
del mismo, comercie, transporte, almacene o libere al ambiente, algún
organismo genéticamente modificado que altere o pueda alterar negativamente
los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas
naturales. |
Define al organismo genéticamente
modificado como cualquier organismo que posea una combinación nueva de
material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de la
biotecnología, incluyendo los derivados de técnicas de ingeniería genética
(Art. 420 Ter). |
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Normatividad Internacional Vigente |
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Convenio
sobre la Diversidad Biológica |
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Sus objetivos son la conservación de la
diversidad biológica, el uso sostenible de sus componentes y la participación
justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los
recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos
recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes,
teniendo en cuenta los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así
como mediante una financiación apropiada. |
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Protocolo
de Cartagena sobre la Seguridad de la
Biotecnología |
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Contribuye a la transferencia, manipulación y
utilización seguras de organismos vivos modificados como plantas, animales y
microbios alterados genéticamente que cruzan las fronteras internacionales.
Reconoce el derecho de cada país de reglamentar los organismos generados
mediante biotecnología, sujetos a las obligaciones internacionales
existentes. Está dirigido también a evitar los efectos adversos en la
conservación y el uso sostenible de la biodiversidad sin afectar
innecesariamente el comercio mundial de alimentos. |
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Sitio de la Secretaría de Gobernación sobre: |
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Legislación
Mexicana en Materia de Bioseguridad |
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Fuente: Comisión
Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados, Acerca de la CIBIOGEM, consultado
en http://conacyt.gob.mx/cibiogem/index.php/normatividad/normatividad-vigente-en-materia-de-bioseguridad?showall=&start=7 06-10-2016 |
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Presidencia de la República, Ley de Bioseguridad
de Organismos Genéticamente Modificados, Diario Oficial de la Federación,
México, 18-03-2005, consultado en www.dof.gob.mx. |
Secretaría de Gobernación, Dirección General de
Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional. “Legislación Mexicana en
Materia de Bioseguridad”., consultado en:
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/CDs2006/CDBioseg/cd_bioseg.php 06-10-2016 |
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