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Sistema Federal Sanitario

 

Integración


El Sistema Federal Sanitario (SFS) se establece con el objeto de organizar y armonizar en toda la República Mexicana las acciones de control, vigilancia y fomento sanitario que de manera coordinada y como autoridades sanitarias ejercen la Federación y las entidades federativas, y que son conducidas a nivel nacional por la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS.

Este Sistema está integrado por la COFEPRIS y las autoridades equivalentes u homólogas en las entidades federativas con las que se haya suscrito Acuerdo de Coordinación en materia de regulación, control, vigilancia y fomento sanitarios (1). El objetivo de los Acuerdos de Coordinación es establecer los términos y condiciones de la coordinación entre los Gobiernos de las entidades federativas y la Secretaría de Salud para el ejercicio de las facultades que corresponden a esta dependencia por conducto de la COFEPRIS, con la finalidad de dar agilidad, transparencia y eficiencia al desarrollo de dichas actividades en el ámbito estatal.

Se estructura con políticas regulatorias y no regulatorias, vínculos a nivel nacional e internacional a través de las áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios y los Laboratorios Estatales de Salud Pública y de la COFEPRIS, como se presenta en el siguiente esquema:

 

 

Funcionamiento

El SFS funciona regionalizado de la manera siguiente:

  • Región norte:

Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Zacatecas

  • Región Centro Occidente:

Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Sinaloa

  • Región Centro:

Distrito Federal, Hidalgo, México, Querétaro, Tlaxcala

  • Región Sur-Sureste:

Campeche, Chiapas, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz, Yucatán

Se rige por criterios para la participación de las entidades federativas en el ejercicio de Facultades en Materia de Control y Fomento Sanitarios.

Estos son:

 

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Organización

Para la homologación del ejercicio de sus funciones se ha recomendado a las entidades federativas realizar las adecuaciones jurídicas para contar con una estructura que dependa directamente de la Secretaría de Salud del Estado, de acuerdo a las necesidades de cada entidad, y estas pueden ser:

*  Comisión Estatal de Protección Contra Riesgos Sanitarios, como un órgano desconcentrado;
*  Subsecretaría de Protección Contra Riesgos Sanitarios;
*  Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios.

 

Situación Operativa a Agosto de 2013

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OPD: Organismo de participación directa

 

Finalmente, el SFS ha establecido, a través de su página internet en el sitio de la COFEPRIS, vínculos a las diferentes páginas de las Secretarías de Salud Estatal. La dirección electrónica es la siguiente:
http://www.cofepris.gob.mx/SFS/Paginas/VinculosDelSFS.aspx (fecha de consulta Octubre, 2016)

1/Se han firmado 32 acuerdos de coordinación con las entidades federativas, en materia de control y fomento sanitarios, 20 de ellas han celebrado dicho instrumento jurídico con el incremento de facultades derivado de la modificación a la Ley General de Salud, quedando sin efectos las disposiciones de los acuerdos y convenios celebrados con los gobiernos de los Estados y el Ejecutivo Federal, que se opongan a aquellas estipuladas en el último Acuerdo Específico de Coordinación celebrado. De igual forma, se han suscrito 30 acuerdos de coordinación en materia de control sanitario de productos del tabaco:
http://www.cofepris.gob.mx/SFS/Paginas/AcuerdosEspecificosCoordinacion.aspx (fecha de consulta, Octubre, 2016).

 

 

 

 

Fuente: COFEPRIS (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Sistema Federal Sanitario, consultado en
http://www.cofepris.gob.mx/SFS/Paginas/SistemaFederalSanitario.aspx 27-10-2016.