Especies registradas de circos |
El artículo 26 del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre (publicado en el D.O.F. 30/11/2006) establece que los predios o instalaciones que manejen vida silvestre de forma confinada, fuera de su hábitat natural (PIMVS), que no tengan como fin la recuperación de especies o poblaciones para su posterior reintegración a la vida libre, no serán consideradas como UMA en los términos establecidos en la Ley. |