Atención de desastres y emergencias

Glosario

Declaratoria de Desastre Natural. Documento mediante el cual la Secretaría de Gobernación declara formalmente en zona de desastre natural a determinados municipios, así como a los órganos político-administrativos en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, para que se pueda tener acceso a los recursos del Fondo de Desastres Naturales.

Declaratoria de Emergencia. Es el acto mediante el cual la SEGOB reconoce que uno o varios municipios o delegaciones políticas de una entidad federativa, se encuentran ante la inminencia, alta probabilidad o presencia de una situación anormal generada por un fenómeno natural perturbador, que puede propiciar un riesgo excesivo a la seguridad e integridad o, en su caso, causar un daño a la sociedad. Dicha declaratoria, eventualmente publicada en el Diario Oficial, podrá coexistir con una declaratoria de Desastre Natural.

Desastre. Se define como el estado en que la población de una o más entidades federativas, sufre severos daños por el impacto de una calamidad devastadora, sea de origen natural o antropogénico, enfrentando la pérdida de sus miembros, infraestructura o entorno, de tal manera que la estructura social se desajusta y se impide el cumplimiento de las actividades esenciales de la sociedad, afectando el funcionamiento de los sistemas de subsistencia.

Emergencia. Situación anormal que puede causar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en general o, en su caso, un daño generado o asociado con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un fenómeno natural perturbador.

Estrategia de Gestión Integral de Riesgos. Proceso de planeación, organización e instrumentación de un esquema de administración de riesgos incluyendo el diseño de los instrumentos financieros para su transferencia; su fin último es la previsión, reducción y control priorizado y permanente del riesgo de desastre en la sociedad, combatir las causas estructurales de los Desastres Naturales y fortalecer las capacidades de la resiliencia de la sociedad, integrada al logro de pautas de desarrollo sostenible.

Se basa en una permanente retroalimentación del conocimiento de la amenaza natural y las acciones más pertinentes para reducir la vulnerabilidad de las personas, bienes, infraestructura estratégica y medio ambiente, expuestos a un desastre.

Comprende distintos niveles de coordinación e intervención inter e intrasectoriales, que van de lo federal a lo local y viceversa, en los ámbitos social, territorial y gubernamental. La gestión integral de riesgos debe considerar su origen multifactorial y su permanente proceso de construcción y, por lo tanto, su reducción en todas las etapas que involucra: previsión, identificación de peligros y riesgos, prevención, mitigación, preparación, atención de emergencias, recuperación y reconstrucción por parte de todos los sectores.

Fenómenos geológicos. Fenómenos geológicos son aquellos en los que intervienen la dinámica y los materiales del interior de la Tierra o de la superficie. Pueden clasificarse en: Sismicidad, vulcanismo, tsunamis y movimientos de laderas y suelos.

Fenómenos perturbadores. Son acontecimientos provocados por la naturaleza y/o el ser humano que impactan un sistema social y el hábitat, que transforman su estado normal en un estado de daños que puede llegar al grado de desastre.

Prevención. Acciones dirigidas a controlar riesgos, evitar o mitigar el impacto destructivo de los desastres sobre la vida y bienes de la población, la planta productiva, los servicios públicos y el medio ambiente.

Protección civil. Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la prevención, auxilio y recuperación de la población ante la eventualidad de un desastre.

Recuperación. Proceso orientado a la reconstrucción y mejoramiento del sistema afectado (población y entorno), así como a la reducción del riesgo de ocurrencia y la magnitud de los desastres futuros.

Riesgo. Daños o pérdidas probables de sistemas constituidos por personas, comunidades, sus bienes o el medio ambiente, resultado de la interacción de un fenómeno perturbador y determinadas condiciones de vulnerabilidad.

Riesgos hidrometeorológicos. Los riesgos hidrometeorológicos se generan por la acción violenta de agentes atmosféricos. Los agentes atmosféricos que impactan a México son: Ciclones tropicales, inundaciones, tormentas de granizo, heladas y nevadas, tornados, viento, sequías, erosión, frentes fríos.

Riesgo químico-tecnológico. Posibilidad de que se presente un evento mayor ya sea fuga, derrame, incendio o explosión de una o más sustancias químicas peligrosas, como resultado de una situación fuera de control dentro de las actividades industriales normales de almacenamiento, procesamiento o transferencia, que ocasionan un daño serio a las personas, el ambiente o las instalaciones de manera inmediata o a largo plazo. De igual forma, una sustancia peligrosa es todo aquel elemento, compuesto, material o mezcla que, independientemente de su estado físico, representen un riesgo potencial para la salud, el ambiente, la seguridad de los usuarios y la propiedad.

Riesgo sanitario-ecológico. Se define el fenómeno sanitario-ecológico como una calamidad que se genera por la acción patógena de agentes biológicos que atacan a la población, a los animales y a las cosechas, causando su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen un desastre sanitario en el sentido estricto del término. En esta clasificación también se ubica la contaminación del aire, suelo, agua y alimentos (Artículo tercero, Ley General de Protección Civil).

Sistema Nacional de Protección Civil. Conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos voluntarios, sociales, privados y con las autoridades de los estados, el distrito federal y los municipios, a fin de efectuar acciones coordinadas, destinadas a la protección de la población, contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre.

El sistema nacional se encuentra integrado por el presidente de la república, el consejo nacional, las dependencias, organismos e instituciones de la administración pública federal, el centro nacional de prevención de desastres, los grupos voluntarios, vecinales y no gubernamentales, y por los sistemas de protección civil de las entidades federativas, del distrito federal y de los municipios. La coordinación ejecutiva del sistema nacional recae en la secretaría de gobernación.

Transferencia de riesgos. Es el proceso de trasladar formal o informalmente las consecuencias financieras de un riesgo en particular de una parte a otra mediante el cual una familia, comunidad, empresa o autoridad estatal obtendrá recursos de la otra parte después que se produzca un desastre, a cambio de beneficios sociales o financieros continuos o compensatorios que se brindan a la otra parte.