La información de 2013 es al mes de Octubre. Conforme a lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la federación, los gobiernos estatales y los municipales, tienen la facultad, en el ámbito de su competencia, de formular, aplicar y evaluar programas de ordenamiento ecológico. La estadística se refiere a aquellos que la SEMARNAT, a través de la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial (DGPAIRS), ha id
entificado al firmarse el convenio de coordinación (estatus “en elaboración”) o bien al publicarse en el Diario Oficial de la Federación, el Periódico Oficial Estatal o el Boletín Municipal, el programa respectivo (estatus “decretado”).
Aunque durante el proceso de ordenamiento se pueden modificar las bases originales de convenios y programas, la identificación temporal en la estadística que se presenta toma como base el año inicial de los procesos.