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| NOTAS DE LA VARIABLE |
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Estudios de riesgo ambiental de nuevos proyectos |
Los datos de 2013 son al mes de marzo.
El artículo 30 de la LGEEPA señala que cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas, las manifestaciones de impacto ambiental deberán incluir un estudio de riesgo correspondiente. Al respecto, en el capítulo V, se aborda lo relativo a las actividades consideradas como altamente riesgosas y en el artículo 147 se señala que la realización de actividades industriales, comerciales o de servicios altamente riesgosas, se
llevarán a cabo con apego a lo dispuesto en la Ley, las disposiciones reglamentarias que de ella emanen y las normas oficiales mexicanas. |
Programas para la prevención de accidentes en actividades con riesgo ambiental ingresados |
Los datos de 2013 son al mes de Mayo.
El Giro de "Otros", en su mayoría, comprende (plantas de tratamiento de aguas residuales y plantas potabilizadoras de agua que usan cloro gas; plantas que comercializan amoniaco anhídro (NH3) como fertilizante; plantas formuladoras de agroquímicos, pesticidas, insecticidas y fertilizantes; plantas productoras de hielo que utilizan NH3 como gas refrigerante; plantas que se dedican al cromado y niquelados de partes mecánicas, plantas arm
adoras automotrices que manejan solventes; establecimientos que almacenan y comercializan grandes cantidades de sustancias químicas, etc. |
Estudios de riesgo ambiental de plantas en operación ingresados |
Los datos de 2013 son al mes de Mayo.
La razon de la presentación del estudio de riesgo ambiental ante la SEMARNAT, es en cumplimiento al artículo 147 de la LGEEPA, el cual señala en su segundo párrafo que quienes realicen actividades altamente riesgosas, deberán de formular y presentar un estudio de riesgo ambiental y su programa para la prevención de accidentes en la realización de tales actividades (industriales, comerciales o de servicios) que puedan causar graves des
equilibrios ecológicos. Cuando los estudios de riesgo ambiental son deficientes en su contenido se indica al promovente la información faltante o la reelaboración del mismo. El estudio de riesgo ambiental es un aviso que no requiere respuesta, por lo que únicamente se toma como sustento técnico base para el desarrollo y evaluación del programa para la prevención de accidentes y que derive, eventualmente, en su aprobación.
El Giro de "Otros", en su mayoría, comprende (plantas de tratamiento de agua
s residuales y plantas potabilizadoras de agua que usan cloro gas; plantas que comercializan amoniaco anhídro (NH3) como fertilizante; plantas formuladoras de agroquímicos, pesticidas, insecticidas y fertilizantes; plantas productoras de hielo que utilizan NH3 como gas refrigerante; plantas que se dedican al cromado y niquelados de partes mecánicas, plantas armadoras automotrices que manejan solventes; establecimientos que almacenan y comerciializan grandes cantidades de sustancias químicas, etc.
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| FUENTES |
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Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas. Octubre 2013 |
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental. Octubre 2013 |
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